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Uvr o pesos: ¿cuál elegir?

May 19 / 2021 - Por: Prodesa

Cumplir el sueño de tener vivienda supone sortear con éxito varias decisiones claves que no solo tienen que ver con la elección perfecta del bien inmueble. El mecanismo bajo el cual se tomará el crédito hipotecario es un aspecto fundamental, pues determinará a lo largo de 10, 15 e incluso 20 años, cómo se abonarán las cuotas.

En Colombia, la ley permite a la banca aprobar hipotecas en pesos o en Unidades de Valor Real (UVR) y es común que quien está haciendo la asesoría en la consecución del crédito de la orientación sobre cuál alternativa elegir.

No obstante, conviene informarse sobre las características de las dos modalidades para tener la certeza de que se tomó la mejor opción.

En pesos. Los créditos en pesos manejan una tasa fija lo que permite tener la misma cuota durante toda la vida del préstamo.

Esto supone pagos muy altos al principio del crédito y una cuota más moderada al final, por cuanto el precio de la misma se mantiene y, bajo el supuesto de que año tras año aumenta el poder adquisitivo, esta cuota sería mucho más fácil de pagar a medida que pasa el tiempo.

Otra ventaja de esta modalidad es que como no está sujeta a inflación el comprador puede conocer el valor de todas y cada una de las cuotas del crédito con la certeza de que estas nunca variarán.

En UVR. La Ley 546 de 1999 creó la Unidad de Valor Real que mantiene constante el poder adquisitivo de la moneda actualizando su valor en pesos, con la inflación. Existen tres modalidades:

Cuota constante en UVR. En este sistema el valor de la cuota aumenta todos los meses de acuerdo con la inflación

Abono constante a capital en UVR (cuota media). Este es el sistema más económico, ya que después de la mitad de la vida del crédito el valor de las cuotas disminuye. No obstante, los bancos exigen más requisitos y capacidad de endeudamiento para solicitarlo. -Recomendado-

Cuota decreciente cíclica. En este sistema las cuotas aumentan cada año de acuerdo con el índice de inflación.

Recuerde que en cualquier momento los usuarios pueden hacer abonos totales o parciales a su crédito sin que la entidad que lo otorga ningún tipo de sanción.

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